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La violencia de los hijos contra sus progenitores no deja de crecer desde 2009

Eduardo Estellés, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Sagunto, defiende en una investigación reciente la “necesidad” de volver a introducir la legislación relativa al derecho de corrección de los padres a los hijos que eliminó la Ley 54/2007, de 28 de diciembre. Entre las consecuencias de su eliminación, Estellés destaca una “desconexión” entre la norma jurídica y la realidad familiar, así como “un detrimento de la autoridad de los padres, que ha influido en el incremento de la violencia filio-parental”.

En la investigación realizada para su tesis doctoral -que ha defendido en la Universidad Católica de Valencia (UCV)-, el jurista valenciano ha trabajado principalmente con las memorias de la Fiscalía General del Estado. Del escrutinio de los datos que esta ofrece se extrae el crecimiento de la violencia de los hijos contra los padres, sobre todo desde el año 2009. La propia Fiscalía indica en su memoria de 2015 que este problema hunde sus raíces“en una profunda crisis de principios y valores”, y remarca en la memoria de 2016 el “fracaso” del modelo educativo y su carencia de “pautas de autoridad”, subraya Estellés.

En este sentido, la modificación de los artículos 154 y 268 del Código Civil realizada por la Ley de 2007, “no solo ha suprimido el derecho de corregir que ostentaban históricamente los padres respecto de sus hijos, sino que, además, no ha conseguido evitar la violencia contra los hijos. El que quiere pegar y causar daño a su hijo, lamentablemente, seguirá haciéndolo, pero el que quiere corregir a su hijo correctamente, no puede ejercer su derecho o lo ejerce a sabiendas de que puede ser denunciado por un delito de maltrato, amenazas, coacciones, entre otros”, afirma el jurista valenciano.

Uno de los ejemplos que presenta Estellés en su trabajo a este respecto es el de un padre que castigó a su hija de quince años sin salir de casa con las amigas, fue denunciado por ella y se le imputó un delito de detención ilegal por retenerla en el domicilio: “Si hay un derecho de corrección, puedes castigar a tu hija a no salir con las amigas; si no existe tal derecho, cualquier acción que hagas puede ser susceptible de ser un hecho punible, criminalizando la familia y las relaciones paterno-filiales”.

Igualmente, “no se trata de volver a los años cincuenta del siglo pasado, sino de asumir un derecho de corrección actualizado, enmarcado en los principios constitucionales y el reconocimiento de los derechos a los menores y su protección integral, pero sin olvidar que los menores tienen derechos, pero también deberes legales”, apunta.

Por ello, Estellés reivindica que “el Estado se dedique a hacer leyes justas y a los padres que nos dejen corregir a nuestros hijos. Dentro de la esfera de la patria potestad ha existido tradicionalmente el deber de los padres de educar, que se ha cristalizado en el derecho de corregir a los hijos como un instrumento hábil, y para educar, en ocasiones hay que corregir”, afirma.

Igualmente, el juez ha puntualizado que el maltrato “nunca puede ser considerado corrección”. Así, tras una denuncia por abuso de los progenitores, el juez dictaminará que su actuación no puede considerarse como corrección si no cumple los requisitos fijados por el legislador y la jurisprudencia, e impondrá una pena”.

Asimismo, el investigador subraya que “el problema es que detrás de esta norma subyace una ideología muy potente, que es la ideología de género. Uno de sus postulados radica en hacerse con el control de la educación de los hijos por parte del Estado, minar la autoridad de los padres y promover el intervencionismo del Estado en la esfera familiar, y todo ello se consigue con esta ley. Una de las características típicas de esta ideología es la manipulación del lenguaje y un hecho que es palpable en la defensa que se hizo para eliminar el derecho de corrección y estamos ante una ley sin una motivación clara y formal que la sustente”.

Fuente: UCV