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Cuestionan las sentencias del Constitucional que anulan la competencia de la Generalitat en derecho civil

Francesc de P. Blasco, catedrático de Derecho Civil de la Universitat de València. Francesc de P. Blasco, catedrático de Derecho Civil de la Universitat de València (UV), ha criticado las sentencias del Tribunal Constitucional de 2016 que anulan tres leyes civiles valencianas. El experto considera, en un artículo publicado en Revista Jurídica de la Comunidad Valenciana, que los magistrados han negado una interpretación evolutiva de la Carta Magna, y con ella se está privando a la Generalitat de competencias que le corresponden por el contexto jurídico y la realidad social.

“De la doctrina del Tribunal Constitucional en los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Gobierno de la Nación contra las leyes civiles valencianas deriva que la legitimización constitucional de la competencia en materia de derecho civil no descansa en una ley orgánica y democrática, sino en la existencia de unas leyes franquistas vigentes en el momento de aprobar la Constitución y que nunca pasaron el juicio de constitucionalidad”, ha destacado Francesc de P. Blasco, en referencia a las tres sentencias del Constitucional que anulan tres leyes civiles valencianas que las Cortes Valencianas aprobaron prácticamente por unanimidad.

En opinión del experto, el Tribunal no tiene en cuenta ni el contexto jurídico ni la realidad social de las leyes anuladas. Estas son la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, la de Uniones de Hecho Formalizadas y la de Relaciones Familiares de los Hijos e Hijas cuyos Progenitores no Conviven. Son algunas de las conclusiones del artículo Comentario jurídico-político a las sentencias político-jurídicas del Tribunal Constitucional sobre la competencia de la Generalitat valenciana en materia de derecho civil valenciano (o el artificio de cómo reconocerte todo y no darte nada), recientemente publicado en Revista Jurídica de la Comunidad Valenciana.

Francesc de P. Blasco ratifica que la competencia de la Generalitat Valenciana en materia de derecho civil no viola ningún principio ni valor constitucional, y por tanto, no se entiende con qué criterio son calificadas estas leyes de inconstitucionales. Por ello asegura que no habría que modificar la Constitución, sino que el Tribunal Constitucional “sólo tiene que creerse su propia doctrina”.

Desde que se aprobaron estas leyes ahora derogadas, en el Estatuto de Autonomía se han producido cambios que modifican claramente el contexto jurídico y según el catedrático, este hecho no tendría que ser irrelevante para el Tribunal: “las normas han estado vigentes más de cuatro y ocho años con un consenso social más que notable, y por tanto son una expresión jurídica de la realidad social valenciana”, ha destacado.

“El argumento del Tribunal Constitucional es engañoso y sólo sirve para vaciar de contenido la competencia o para reducirla a ámbitos jurídicos de nula trascendencia” declara Francesc de P. Blasco. Desde su punto de vista, el argumento del Constitucional tiene un punto de “voluntarismo y arbitrariedad”, porque la competencia reconocida en el Estatuto de Autonomía, según el tribunal, sólo puede tener como objeto la costumbre, que tiene que ser foral, y fue abolido el 1707 con los Decretos de abolición de los Fueros, o las Compilaciones de Derecho civil foral, que eran leyes franquistas.

En palabras del profesor de Derecho Civil, “el Tribunal Constitucional niega una interpretación evolutiva de la Constitución”. Según este planteamiento, anular estas normas es impugnar leyes que cuentan con el reconocimiento directo de la ciudadanía valenciana. “La Constitución expone que todos los órganos del Estado reconocerán y ampararán los Estatutos de Autonomía como parte integrando de su ordenamiento jurídico, y estas leyes que ahora anula están apoyadas plenamente en el Estatuto”, ha apuntado el catedrático. Francesc de P. Blasco, además, remarca: “No parece que haya otro camino que un cambio de criterio en la doctrina del Tribunal Constitucional, y este cambio no tiene que ser arbitrario, sino que lo avala la peculiaridad histórica del antiguo Reino de Valencia, la voluntad del pueblo que ha quedado retratada reiteradamente y por una interpretación evolutiva del texto constitucional”.

Trayectoria

Francesc de P. Blasco Gascó es catedrático de Derecho Civil desde el año 1992 en la Universitat Autònoma de Barcelona y desde el 2000 en la Universitat de València. Licenciado en Derecho por la UV y doctor por la institución académica valenciana y Bolonia, ha sido letrado del Consejo General del Poder Judicial y jefe de Estudios de la Escuela Judicial. También ha sido director del Máster Oficial en Abogacía de la Universitat y del Centro de Estudios de la Abogacía. Autor de numerosos libros de derecho y de artículos publicados en prestigiosas revistas, actualmente prepara una monografía sobre la competencia de la Generalitat en materia de derecho civil.

Referencia bibliográfica

Francesc de P. Blasco: Comentario jurídico-político a las sentencias político-jurídicas del Tribunal Constitucional sobre la competencia de la Generalitat valenciana en materia de derecho civil valenciano (o el artificio de cómo reconocerte todo y no darte nada). Revista jurídica de la Comunidad Valenciana, nº 61/enero 2017.

Fuente: UV