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Advierten de que la ley de teletrabajo no resuelve la compensación de gastos o los accidentes laborales

(De izquierda a derecha). Adrián Todolí y Miguel Rodríguez-Piñero.Los investigadores Adrián Todolí y Miguel Rodríguez-Piñero, en el marco de la Cátedra de Economía Colaborativa y Transformación digital de la Universitat de València (UV), advierten que la nueva normativa del Proyecto de Ley de Trabajo a Distancia ratificado por el Congreso la semana pasada deja numerosos interrogantes, sobre todo en relación con los accidentes laborales y las compensaciones del teletrabajo. También se analiza el trabajo a distancia en la España vaciada, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral o los riesgos psicosociales de esta nueva realidad.

La pandemia del coronavirus ha provocado que muchos de los trabajadores hayan trasladado su oficina a sus casas. Una mudanza que, en muchos casos, ha venido para quedarse. Con el objetivo de regular esta nueva forma de trabajar, el Congreso de los Diputados ha aprobado recientemente la Ley de Trabajo a Distancia. Expertos en Derecho de Trabajo vienen advirtiendo que la ley merece una lectura exhaustiva y, puesto que está abierta a enmiendas, deberá perfeccionarse para evitar futuros conflictos judiciales.

Con este propósito se ha publicado un pormenorizado estudio sobre la ley, Trabajo a distancia y teletrabajo: análisis del marco normativo vigente, dirigido por los profesores Adrián Todolí (Departamento del Trabajo y de la Seguridad Social UV) y Miguel Rodríguez-Piñero (Universidad de Sevilla), en el que se destaca la importancia de conocer cuáles son las obligaciones que impone la ley a los empresarios y cuáles son los derechos de la empleada o el empleado ante el teletrabajo. Hasta 20 especialistas analizan cuestiones relacionadas con esta forma laboral y proponen soluciones para evitar contenciosos.

Desde la base de que el teletrabajo siempre debe ser voluntario, exceptuando cuestiones de salud, peligro o conciliación familiar, entre otros, se analizan los gastos derivados del trabajo en casa y a cargo de quién corren. Estos costes, económicos y de muchos tipos, según Todolí, “realmente la ley no termina de definirlos de manera clara, y esto puede llevar a una conflictividad, ya que simplemente se habla de “gastos relacionados” con la actividad, pero sin más detalles”.

En el trabajo de análisis, publicado por la editorial Thomson Reuteur Aranzadi, también se detallan aspectos como los accidentes laborales, ya que, según las y los especialistas, no desaparecen con el teletrabajo. Además, se tratan cuestiones psicosociales relacionadas con el ámbito laboral ante el hecho de estar aislado (burnout, soledad, depresión).

Otro asunto analizado con detalle es la intimidad y la desconexión digital, y la posibilidad de ser monitarizado constantemente por la persona empleadora. Ante esto, los expertos aseguran: “es ilegal la monitorización constante del ordenador, de otros dispositivos y del correo electrónico”. Además, también es ilegal no establecer un horario predeterminado, porque solo así se puede garantizar el derecho al descanso. En el libro también se tratan aspectos como la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; y la relación del teletrabajo con el empleo público y la industria.

Fuente: UV