Los operadores de telefonía móvil deberían verificar mejor la edad de los niños y jóvenes cuando acceden a los servicios multimedia, y una solución sería llevar un registro con el año de nacimiento de los usuarios. Así lo recomienda un informe elaborado por investigadores de la Universitat Politècnica de València, que también plantea clasificar los contenidos para móviles por edades, como se hace con los videojuegos.
“La verificación de la edad a la hora de acceder a los servicios móviles no es efectivo porque siempre queda la posibilidad de que la niña o el niño falseen la casilla correspondiente”, comenta a SINC María de Miguel Molina, investigadora de la Universitat Politècnica de València.
“Sin embargo los operadores podrían saber la edad de sus usuarios menores si los padres lo indicaran cuando les compran el móvil y quedara registrado“, añade la investigadora, que ha dirigido un estudio sobre los servicios móviles dirigidos a niños en España.
Su informe, que publica la revista Quality & Quantity, señala que si se adoptara esta medida se podría filtrar y bloquear el acceso a los sitios para adultos o a otros contenidos no aptos para los menores. Para ello habría que establecer normas comunes entre los operadores.
Actualmente la mayoría de las compañías que operan en España han firmado el código de autorregulación de la Asociación de Empresas de Servicios a Móviles (AESAM), que establece apoyar un “acceso responsable” a los contenidos. Aun así, el estudio considera que no es suficiente, y que debería ser más específico respecto a la infancia.
Los investigadores también recomiendan crear un esquema de clasificación según las edades de los usuarios y la temática de los servicios, de forma parecida a la que ya existe para los videojuegos: la Pan European Game Information (PEGI), que recomienda los juegos para niños o jóvenes de 3, 7, 12, 16 y más de 18 años.
Recomendaciones al Gobierno
Los resultados del trabajo –elaborado a partir de encuestas remitidas a las compañías, agencias gubernamentales y asociaciones de protección del menor– también sugieren al Gobierno español promover, en entornos familiares y escolares, campañas de concienciación sobre el buen uso del móvil
Además, se subraya la necesidad de alcanzar acuerdos con los operadores para que cuenten con la opinión de los padres e incorporen servicios de filtrado. Estos incluirían prohibiciones de acceso y descarga a fotografías y videos pornográficos, restricciones en el envío de SMS y MMS, evitar las compras, así como la participación en concursos y competiciones.
“Hasta ahora creíamos que podíamos controlar el acceso de los menores a internet desde el ordenador de casa, poniéndolo en un lugar visible –por ejemplo– y vigilando lo que hacen, pero el uso de los smartphones abre nuevas vías”, advierte De Miguel, quien también destaca el avance en los últimos años de las aplicaciones (apps) específicas para móvil y, sobre todo, de las redes sociales –como Tuenti y Facebook– entre los menores.
“Uno de los mayores problemas es que pueden acceder fácilmente los niños y niñas con menos de 14 años, aunque la legislación española no lo permite”, subraya la investigadora. “Y en este sentido, el único recurso disponible podría ser el DNI electrónico, pero queda lejos su posible aplicación a corto plazo”.
En cualquier caso, si el menor tiene más de 14 años y proporciona su verdadera identidad, “entonces la red social es responsable, no solo legalmente sino también socialmente, de que toda protección sea poca para que el usuario disfrute de este medio sin problemas”.
Los investigadores apelan a la voluntad de las redes sociales para implantar medidas como perfiles cerrados por defecto, uso de contraseñas y una información clara, además de enseñar al menor a moverse en las redes con seguridad y a proteger su privacidad.
Referencia bibliográfica:
María De-Miguel-Molina, Mónica Martínez-Gómez, Blanca De-Miguel-Molina, Gabriela Ribes-Giner. “A quantitative study on mobile services aimed at children and self-regulation in Spain”. Quality & Quantity 46 (6): 1795-1806, octubre de 2012.
Fuente: UPV