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Expertos analizan en un artículo todo el proceso Tajo-Segura

Desde el pasado miércoles 1 de octubre de 2014 se puede trasvasar agua del Tajo-Segura, siempre y cuando haya existencias. La publicación del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, decreto que mandaba crear la Ley de Evaluación Ambiental (LEA), supone la aplicación práctica de los principios que se habían elaborado en la LEA. Dicho de otra forma y como indica Andrés Molina Giménez, secretario del Instituto Universitario del Agua y las Ciencias Ambientales de la Universidad de Alicante (IUACA) <<los usuarios del trasvase ahora tienen un derecho, una garantía jurídica, y antes tenían una expectativa>>.
El Memorándum sobre el trasvase Tajo-Segura es la pieza clave hidrológica en España y asunto vital para la provincia de Alicante, tanto para el abastecimiento de la población y los regadíos, como para la garantía del sector turístico. La importancia del agua se constata en el desarrollo de localidades como Torrevieja, donde el input en su crecimiento es el agua que se le suministra, apunta Joaquín Melgarejo, director del IUACA.
Tres especialistas del IUACA, su director, Joaquín Melgarejo Moreno, Andrés Molina Giménez y María Inmaculada López Ortiz publican, en el próximo número de la  Revista científica Aranzadi de Derecho Ambiental, “El Memorándum sobre el trasvase Tajo-Segura. Modelo de resolución de conflictos hídricos”. Se trata del más completo estudio realizado en los últimos años sobre la trayectoria y el proceso por el que ha pasado este trasvase, que estuvo a punto de cancelarse.
Para llegar a la garantía que implica el reciente decreto, se han ido produciendo varias modificaciones legislativas importantes en los años 2013 y 2014, en torno al trasvase Tajo-Segura. En primer lugar, se elaboró el memorándum de acuerdo entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la Comunidad de Murcia y la Comunidad Valenciana, memorándum significativo por el que se ponen de acuerdo las partes para garantizar el trasvase Tajo-Segura. Este principio de acuerdo se vio ampliado con la firma de la Comunidad de Extremadura, Castilla-La Mancha y Comunidad Autónoma de Madrid. Melgarejo destaca la importancia de que todas estas comunidades atravesadas por el Tajo lo firmaran en aquel momento. Además, las comunidades receptoras rubricaron aceptando unos principios de acuerdo con la finalidad de asegurar el trasvase Tajo-Segura. Se convierte, así, en un modelo de gobernanza.
La anterior firma conjunta se materializó jurídicamente en la Ley de Evaluación Ambiental (LEA), de diciembre de 2013. La importancia de la creación de esta ley está en que determina las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura, dando garantía jurídica técnica y económica al trasvase.

El decreto que se aplica desde el día 1 de octubre pasado, es la última actuación que se deriva de la LEA y que otorga un derecho a los usuarios del trasvase.
Fuente: UA