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Premio Nacional de Derecho Sanitario

El doctor Julio García Guerrero ha ganado el II Premio Nacional de Derecho Sanitario por su obra ‘El consentimiento informado en el ámbito penitenciario’, basada en la tesis doctoral realizada bajo la dirección del profesor de la Universitat de València Vicente Bellver Capella. García Guerrero recibirá el premio de manos del ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, en un acto que tendrá lugar en la Real Academia Nacional de Medicina en Madrid, este miércoles, día 4 de marzo, a las 19 horas.

La obra galardonada, titulada ‘El consentimiento informado en el ámbito penitenciario’, se basa esencialmente en la tesis doctoral de Julio García Guerrero, ‘El consentimiento informado en los pacientes privados de libertad’, que realizó bajo la dirección del profesor de la Facultat de Dret de la Universitat de València Vicente Bellver Capella. García Guerrero leyó su tesis en septiembre de 2013 y obtuvo la calificación de ‘apto’ con la mención ‘cum laude’.

“Lo que yo he pretendido con mi trabajo es analizar las limitaciones en el derecho al consentimiento informado que se dan en los pacientes del ámbito penitenciario”, señala el investigador.

“La situación es que, hoy por hoy, las personas recluidas en un centro penitenciario no pueden decidir y adoptar cursos de acción en casos en que, a juicio médico, su vida o su salud corran peligro, aunque sean perfectamente capaces y competentes para tomar decisiones. Es una situación sensiblemente diferente a la que rige para la población general , y que solo se sustenta en la doctrina que sentó el Tribunal Constitucional a propósito de la huelga de hambre de los presos del GRAPO en 1989-90, un par de artículos de la Ley orgánica general penitenciaria -el 3.4 y el 45.1.b- de texto interpretable y otro del Reglamento Penitenciario, que no es más que una norma administrativa”, explica Julio García, para quien “esta situación choca frontalmente con la legislación española sobre consentimiento informado, fundamentalmente la ley 41/2002 de autonomía y el Convenio de Oviedo”.

En su trabajo, García Guerrero analiza todos estos aspectos legales y ofrece una visión desde la deontología y la ética médicas, concluyendo que hay presos “perfectamente capaces de tomar decisiones sobre su vida y salud y la limitación a la que están sometidos es excesiva”. Igualmente, opina que los artículos 210 y 211 del reglamento Penitenciario “deben ser modificados ya que su espíritu y su letra contradicen normas de rango superior y son de aplicación, como las mencionadas ley de autonomía y el Convenio de Oviedo”. Además, añade, “una norma administrativa no puede limitar los derechos de las personas, eso solo puede hacerlo una ley”.

Fuente: UV